CONCURSO PÚBLICO DE MEJOR POSTURA Y SUBASTA AL ALZA PARA SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES CON LA ENAMI EP (CÓDIGO AC-ENAMIEP-0003-2023)

Se convoca a todas las personas jurídicas, públicas, privadas o mixtas, nacionales, extranjeras para que presenten sus ofertas técnicas y posturas económicas para participar en la celebración de un acuerdo comercial con la Empresa Nacional Minera ENAMI EP, que permita llevar a cabo el desarrollo de proyectos mineros de pequeña minería en los cantones de Pujilí y Ponce Enríquez.

Este concurso tiene por objeto establecer los parámetros y requisitos para ejecutar el “CONCURSO PÚBLICO DE MEJOR POSTURA PARA LA SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES CON LA ENAMI EP” tendiente al desarrollo de proyectos mineros de pequeña minería en los cantones de Pujilí y Camilo Ponce Enríquez, a fin de viabilizar la capacidad comercial y operativa de la ENAMI EP, en cumplimiento de sus objetivos empresariales, en observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Empresas Públicas y demás normativa aplicable.

 

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BASES DEL CONCURSO MEJOR POSTURA ACUERDOS COMERCIAL


 

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Términos y Condiciones

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable, el suscrito/a autoriza de forma libre, expresa, informada, voluntaria e inequívoca, a que se recolecte, almacene, trate y utilice los datos personales proporcionados.

El tratamiento de datos se realizará con base a los principios de juridicidad, lealtad, transparencia, finalidad, pertinencia y minimización de datos personales, proporcionalidad del tratamiento, confidencialidad, calidad y exactitud, conservación, seguridad de datos personales, responsabilidad proactiva y demostrada e independencia del control, conforme lo manifiesta el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Al firmar o enviar este formulario, declaro haber leído, comprendido y aceptado el tratamiento de mis datos personales en los términos aquí señalados.

Empresa Nacional Minera ENAMI EP

ENAMI EP, en atención a los principios constitucionales de transparencia, eficiencia y calidad que rigen la administración pública en el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador; y, en cumplimiento de las disposiciones encargadas de prevenir la corrupción, promover la transparencia y ética en el sector público, se pone a disposición este canal para receptar denuncias y faltas éticas cometidas por servidores, proveedores o terceros relacionados con la gestión de la empresa.

¿La situación que desea reportar involucra a servidores de esta entidad, o a personas externas que mantengan vínculo con las actividades propias de la Empresa Nacional Minera ENAMI EP?