CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES DE LA EMPRESA NACIONAL MINERA ENAMI EP, PARA PLANTAS DE BENEFICIO Y/O PROCESAMIENTO DE MINERALES

Se convoca a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; asociaciones o consorcios conformados o por conformarse; para que presenten sus ofertas para participar en el procedimiento para la selección del Ejecutor o Ejecutores, para el aprovechamiento sustentable de los recursos mineros en las fases de beneficio, fundición, y refinación en plantas de beneficio y/o procesamiento de material mineralizado, proveniente de las concesiones de titularidad de la Empresa Nacional Minera; así como: de contratos de operación, material incautado y/u operaciones artesanales, a fin de viabilizar la capacidad comercial y operativa de la ENAMI EP, en cumplimiento de sus objetivos empresariales, en observancia de lo dispuesto en la Constitución de la República, Ley Orgánica de Empresas Públicas, Ley de Minería y el Reglamento Ambiental de Actividades Mineras.

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Términos y Condiciones

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable, el suscrito/a autoriza de forma libre, expresa, informada, voluntaria e inequívoca, a que se recolecte, almacene, trate y utilice los datos personales proporcionados.

El tratamiento de datos se realizará con base a los principios de juridicidad, lealtad, transparencia, finalidad, pertinencia y minimización de datos personales, proporcionalidad del tratamiento, confidencialidad, calidad y exactitud, conservación, seguridad de datos personales, responsabilidad proactiva y demostrada e independencia del control, conforme lo manifiesta el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Al firmar o enviar este formulario, declaro haber leído, comprendido y aceptado el tratamiento de mis datos personales en los términos aquí señalados.

Empresa Nacional Minera ENAMI EP

ENAMI EP, en atención a los principios constitucionales de transparencia, eficiencia y calidad que rigen la administración pública en el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador; y, en cumplimiento de las disposiciones encargadas de prevenir la corrupción, promover la transparencia y ética en el sector público, se pone a disposición este canal para receptar denuncias y faltas éticas cometidas por servidores, proveedores o terceros relacionados con la gestión de la empresa.

¿La situación que desea reportar involucra a servidores de esta entidad, o a personas externas que mantengan vínculo con las actividades propias de la Empresa Nacional Minera ENAMI EP?